Contrato Social

La actuación como clan, tribu, nación, nos ha permitido conseguir el bien común desde que existimos. No hay en esto diferencia con otros seres sociales en la naturaleza. El ser humano sin embargo ha evolucionado gracias a nuestra capacidad para aprender y desarrollar sociedades cada vez más complejas.

La actuación como grupo ha exigido siempre el acuerdo de sus individuos y alguna clase de estructura interna.

Nadie vió en el surgimiento del estado una imposición sino una evolución lógica, una mejora en todos los ámbitos de la vida. Coincidiendo con su formación llegó la escritura que nos permite conocer la evolución del acuerdo social.

  • Platón (427-347 a. C) en La República deja constancia de la corrupción de los políticos, del descrédito de la democracia mientras estos persistan en su mal hacer.
  • La Constitución de los atenienses1 nos informa de la transcripción de los acuerdos en forma de leyes.
  • La Carta Magna, que hoy traducimos literalmente como constitución, es una carta otorgada por Juan I de Inglaterra en Runnymede, cerca de Windsor, el 15 de junio de 1215 2
  • Rousseau nos dejó una versión ilustrada en el Contrato Social 3.

El contrato social fija los detalles de un acuerdo que persigue un fin. Es la consecuencia lógica de la democracia. Una garantía para su ejercicio que recuerda a su homónimo el Contrato mercantil.

La lógica del poder del estado, sin embargo, evita su aplicación de forma que no se le encuentra en ninguna de las constituciones de los que se definen como democráticos. Su ausencia es la prueba irrefutable de la inclusión en el ejercicio del poder de los intereses personales de quienes buscan su beneficio, o de lobbies, partes privilegiadas en la sociedad por su relación con el poder del estado.

El Contrato Social, en condiciones de gobierno descentralizado y poder distribuido, puede ser una herramienta extremadamente útil para el gobierno de lo común.

Los acuerdos adoptados, la filosofía que los motiva, el plan de trabajo, las condiciones de ejecución que encontramos en las relaciones contractuales entre partes, es la relación mas adecuada entre quienes confían una labor y quienes la ejecutan.

Sin un aparato centralizado, con gobierno distribuido, el Contrato Social permite un alto grado de personalización y actualización frecuente de las condiciones para un ajuste perfecto al bien que se gobierna.

Regula las relaciones entre la comunidad que ejerce el poder y los equipos que ejecutan sus decisiones. Es una garantía de la democracia:

  • El poder ejecutivo actúa como empleado de la sociedad
  • Elimina las incertidumbres para quienes hacen el trabajo, y quienes lo encomiendan.
  • Facilita la intervención directa.
  • Regula la transparencia.
  • Incluye las condiciones para modificar el acuerdo, su cese, o cambios en el equipo que lo ejecuta.
  • Evita la corrupción y presiones de grupos ajenos al poder.
  • Alimenta la planificación distribuida con la experiencia del poder ejecutivo
  1. Es la primera de una serie de 158 constituciones que el filósofo griego Aristóteles (384 a. C.-Calcis, 322 a. C.) se propuso escribir con el fin de reflejar enciclopédicamente la cultura legislativa de su tiempo. En varios archivos PDF[]
  2. El documento prometía la protección de los derechos eclesiásticos, la protección de los barones ante la detención ilegal, el acceso a justicia inmediata y limitaciones de tarifas feudales a favor de la Corona. El acuerdo sería implementado por un concilio de veinticinco barones. Ninguno de los bandos cumplió con sus compromisos y la carta fue anulada por el papa Inocencio III, lo que provocó la primera guerra de los Barones. Wikipedia[]
  3. El contrato social en Wikipedia.-‘es un libro en tres tomos que trata principalmente sobre la libertad e igualdad de los hombres bajo un Estado instituido por medio de un contrato social ‘[]